El procedimiento para la homologación de asignaturas cursos o sus equivalentes en el nivel de formación de grado, será el establecido en el Instructivo para Homologación de asignaturas para las carreras de Tercer Nivel de la Universidad de Guayaquil; y, procederá cuando se cumplan las siguientes condiciones:
a. Cuando existan cupos para la carrera solicitada.
b. Cuando la solicitud de homologación se hubiere presentado dentro de los plazos establecidos en el calendario académico institucional.
c. Cuando se haya completado al 100% el proceso de homologación del aspirante, ya que una vez efectuada la apertura al SIUG, el estudiante no podrá solicitar nuevamente homologación de asignaturas adicionales.
d. Cuando se hayan cumplido los requisitos relacionados a procesos de homologación, establecidos en el Sistema Nacional de Nivelación y Admisión – SNNA, y demás normativa vigente.
Los estudiantes de la Universidad de Guayaquil o los provenientes de otras instituciones de educación superior, podrán solicitar el cambio de carrera o de Universidad, considerando lo siguiente:
a. Un estudiante podrá cambiarse de una carrera a otra dentro de la Universidad de Guayaquil, cuando haya cursado al menos un período académico ordinario y aprobado más del cincuenta por ciento (50%) de las asignaturas, cursos o sus equivalentes del plan de estudios de las cuales al menos una pueda ser homologada en la carrera receptora, en el mismo tipo de formación de tercer nivel. Para efectos de gratuidad se podrá realizar el cambio por una sola vez. Si el estudiante se retira antes de aprobar el primer periodo académico establecido en la carrera tendrá que iniciar el proceso de admisión establecido en el sistema de educación superior.
b. Un estudiante proveniente de una institución de educación superior pública podrá cambiarse a la Universidad de Guayaquil, en la misma carrera o en una distinta, en el mismo tipo de formación de tercer nivel, por una sola ocasión, una vez que haya cursado al menos dos periodos académicos y haya aprobado por lo menos dos asignaturas, cursos o sus equivalentes, que puedan ser homologadas.
c. Un estudiante proveniente de una institución de educación superior particular podrá cambiarse a la Universidad de Guayaquil, en la misma carrera o en una distinta, en el mismo tipo de formación de tercer nivel, siempre que el estudiante haya cursado al menos dos (2) periodos académicos; sea sometido al proceso de asignación de cupos; y, obtenga el puntaje de cohorte de la carrera receptora en el periodo académico correspondiente en el cual solicita su movilidad.
En todos estos casos la Universidad de Guayaquil observará que el aspirante cumpla con el puntaje promedio de cohorte de la carrera receptora en el periodo académico correspondiente en el cual el estudiante solicita su movilidad.
Para los cambios de carrera se considerará también la disponibilidad de cupos, el derecho a la movilidad de los estudiantes, y las disposiciones del Reglamento para garantizar la gratuidad en las instituciones de educación superior públicas emitido por el Consejo de Educación Superior.